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   Recaudación::Presentación  

• POR QUÉ TENGO QUE PAGAR EL RECIBO DE LA CAMARA?

• El recibo que le remite la Cámara corresponde al Recurso Camenal Permanente, que podemos definir como un tributo a cuyo pago están obligadas todas aquellas personas físicas o jurídicas o entidades que durante la totalidad o parte del ejercicio económico, hayan ejercido las actividades empresariales o profesionales a las que se refiere el artículo 6 de la Ley Básica de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación, y que por tal concepto hayan quedado sujetos al Impuesto sobre Actividades Económicas.

• ¿CÓMO PUEDO DOMICILAR EL RECIBO?

• Puede utilizar alguno de los siguientes mecanismos: 
    Solicitándolo en cualquiera de las entidades colaboradoras: 
    Caja Rural 
    Caja Castilla-La Mancha 
    Santander Central Hispano 
    Caja España 
    Enviado una solicitud de domiciliación firmada al fax 967 235345 
    En la propia web de la Cámara de Comercio.

• ¿DÓNDE PUEDO PAGAR EL RECIBO?

• De Lunes a Viernes, en horario de 8:30 a 11horas, en cualquiera de las Entidades Colaboradoras: 
    Caja Castilla-La Mancha 
    Banco Santander Central Hispano 
    Caja Rural 
    Caja España
• ¿QUÉ OCURRE SI TENGO EL RECIBO DOMICICILADO Y DETECTO
UN ERROR EN EL RECIBO?
• Póngase en contacto con el Departamento de Recaudación, teléfono 967 590190, y le indicarán qué es lo que debe hacer. En cualquier caso, la liquidación del impuesto constituye un acto administrativo y puede interponer contra el mismo Recuro de Reposición ante la propia Cámara o Recurso Económico-Administrativo ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional.



• ¿QUÉ ES ESTE RECIBO?

• Se trata de un tributo cuyo destino es la financiación de las actividades y servicios que las Cámaras ofrecen a sus electores.

• ¿QUÉ ES LA CÁMARA?

• La Cámara es una corporación de derecho público, que se configura como órgano consultivo y de colaboración con las Administraciones Públicas y que tiene como finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, el turismo, la industria y la navegación, así como la prestación de servicios a las empresas que ejerzan las mencionadas actividades.



• ¿POR QUÉ ME LLEGA EL RECIBO SI YO NO TENGO EMPRESA?

• Hay varios supuestos en los que usted puede estar obligado al pago de esta cuota, aunque no tenga una empresa: 
    Ser miembro de una comunidad de bienes que realice actividad empresarial. 
    Ser socio de una sociedad en transparencia fiscal con actividad empresarial.

• ¿POR QUÉ ME LLEGA EL RECIBO SI YA ESTOY DADO DE BAJA?

• La cuota que se gira sobre el Impuesto de Actividades Económicas se calcula sobre la base de dicho impuesto correspondiente al año anterior, mientras que la se calcula sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre el Impuesto sobre Sociedades se liquida con dos ejercicios de diferencia.

• ¿QUÉ ES LO QUE COBRA LA CÁMARA?

• La cuota que debe pagar el empresario se compone de dos exacciones de entre las tres siguientes, dependiendo de que se trate de persona física o jurídica: 

    Una exacción del 2 % a los que estén sujetos y no exentos del Impuesto sobre Actividades Económicas, que se aplicará sobre cada una de las cuotas municipales, provinciales o nacionales y con una cuota mínima de 65.94 €, para las primeras 25 altas. 

    Una exacción del 0,15 % sobre los rendimientos netos de la actividad extraído del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 

    Una exacción del 0.75% girada sobre la cuota líquida del Impuesto de Sociedades en el tramo comprendido entre 0.01€ y 60.101,21€. Para las porciones de la cuota líquida del Impuesto sobre Sociedades que superen el indicado límite, el tipo aplicable a cada uno de los tramos de cuota será el que se indica a continuación:
TRAMOS(€) TIPO APLICABLE %
De 60.101.22 a 601.012.10 0.70
DE 601.012.11 a 3.0050.60.52 0.65
De 3.005.060.53 a 6.010.121.04 0.55
De 6.010.121.05 a 12.020.242.09 0.45 0.45
De 12.020.242.10 a 18.030.363.13 0.30
De 18.030.363.14 a 24.040.484.18 0.15
Mas de 24.040.484.18 0.01

• ¿POR QUÉ ME TIENE REGISTRADO LA CÁMARA SI YO NO ME
HE DADO DE ALTA?

La Agencia Tributaria remite a la Cámara los datos una vez se efectúa el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas

• ¿QUÉ OCURRE SI NO PAGO EL RECIBO?

• Se trata de un tributo, por lo que se le aplicarán los recargos previsto en la Ley General Tributaria y su pago puede ser reclamado por vía ejecutiva como cualquier otro impuesto.

• ¿QUIENES PERTENECEN A LA CÁMARA?

• Todas las personas físicas y jurídicas, nacionales o extranjeras, que ejerzan actividad comerciales, industriales, navieras o de servicios en la provincia de Albacete y por tanto estén sujetos al Impuesto de Actividades Económicas.

• ¿LOS PROFESIONALES ESTÁN SUJETOS A LA CÁMARA?

• No todos. Los profesionales sujetos a la Cámara son: Agentes Comerciales Colegiados, Agentes de la Propiedad Industrial y de la Propiedad Inmobiliaria, Intermediarios en la Promoción de Edificaciones, Agentes o Intermediarios en facilitar préstamos, Agentes de Aduanas, Administradores de la Cartera de Valores, Corredores interpretes y Corredores marítimos, Agentes de Colocación de Artistas, Expertos en organización de Congresos, Agentes y corredores de apuesta en los espectáculos, Expendedores oficiales de loterías y apuestas deportivas, Expendedores no oficiales autorizados para la recepción de apuestas deportivas y de loterías diversa, Peritos tasadores de seguros y otros géneros y afectos, Liquidadores y Comisarios de averías, Expendedores de efectos timbrados y sellos de correos.




• ¿Y LAS SOCIEDADES DE PROFESIONALES?

• Los profesionales que ejercen sus actividades a través de sociedades mercantiles son electores de las cámaras al haber optado por una forma jurídica de carácter mercantil y estar dados de alta en la sección de empresas del Impuesto sobre Actividades Económicas.

• ¿CÓMO ME ENTERO DE SI TENGO ALGO PENDIENTE DE PAGO?

• Diríjase al Departamento de recaudación de la Cámara de Comercio e Industria de Albacete, teléfono 967 590190, y le informaran de la deuda pendiente y cómo liquidarla.

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